VEHÍCULOS, CALLES Y ESTACIONAMIENTO
9.1  Estacionamiento.
        (a) Estacionamiento residencial. Todos los automóviles deben estacionarse totalmente en el área de estacionamiento pavimentado del Residente.  Ninguna parte del vehículo puede salirse a la calle más allá de la línea de la cuneta o puede ser estacionado de una manera que impida el flujo de tráfico o bloquee la vista en las intersecciones. Áreas de estacionamiento adicional para sitios de casa deben ser aprobados por escrito por la Gerencia, y sólo serán permitidos si hay suficiente espacio disponible y no detrae de la apariencia del sitio de casa.  No se permite el estacionamiento en lotes vacantes o en ningún lote donde la casa está vacía.   

        Todo vehículo debe tener la matriculación actualizada y la licencia exhibido en el vehículo, y estar funcionando bien.  Ningún vehículo feo, inoperante, o de tamaño demasiado grande será permitido a quedarse en el Parque en ningún momento.  Vehículos que gotean, que hacen demasiado ruido, o que son feos no se permiten en su espacio, o en ningún lugar en el Parque.  Vehículos elevados con gato, cubiertos con telarañas,  que tienen llanta pacha, u otro rasgo visiblemente inoperante no se les permitirá quedarse en el Parque, y deben ser removidos de las instalaciones a costo suyo.

    
(b) Estacionamiento de Invitados. Los invitados pueden estacionarse en el espacio del Residente o en los espacios de estacionamiento designados para invitados.  Los Residentes no pueden estacionarse en las áreas de estacionamiento de los invitados durante toda la noche.  Cualquier vehículo que quedase en el estacionamiento de invitados en exceso de 48 horas, a menos que tenga la aprobación de la Gerencia, puede ser remolcado.

     
(c) Estacionamiento en la Calle.  No se permite estacionar en la calle con la excepción de cuando los Residentes, sus invitados, o proveedores cargan y descargan a corto plazo.  Cualquier vehículo estacionado ilegalmente o abandonado será remolcado a costo del dueño del vehículo.

     
(d)  Vehículos de Recreación, autocaravana, barcos, remolques, buses u otros vehículos similares que no son para uso de transportación diaria no se permiten estacionar en el espacio del Residente.  Vehículos de recreación (motorhomes) se pueden estacionar provisionalmente en el espacio del Residente para propósitos de cargar y descargar por un período que no exceda 24 horas.  .

    
9.2  Seguridad de Tráfico. El Alguacil está autorizado para aplicar todas las leyes de tráfico dentro del Parque.  Los vehículos deben operarse de una manera segura y cumplir con todos los letreros de tráfico que están puestos.  Los motoristas y peatones son responsables por la seguridad uno del otro.  Todos los vehículos conducidos en el Parque deben ser operados por un individuo con licencia de conducir, y debe tener etiquetas de matriculación actualizadas.  

   
  9.3  Montar y Jugar en las Calles.
       (a)  Los que montan bicicletas deben obedecer todas las leyes de seguridad de tráfico en el parque.  No se permite montar bicicletas en las cunetas. 
       (b)  Andar en patineta se prohíbe en el Parque. 
       (c)  Jugar pelota.  A los residentes se les anima usar la cancha de juego y la cancha de baloncesto en vez de jugar pelota en las calles.  Por el hecho que la gente juega en la calle, el equipo allí se limita a pelotas de playa suaves y pelotas tipo Nerf que no dañan ventanas, carros o casas.  

   
9.4  Motocicletas, motonetas, ciclomotores, o cualquier otro vehículo motorizado de 2 o 3 llantas debe ser legal para ocuparse en la calle, y operado de tal manera que no moleste a los otros Residentes.  Dichos vehículos se deben conducir directamente de la entrada del Parque al espacio del Residente; de otra manera conducir en el Parque se prohíbe.  No se permite operar vehículos todo-terreno en el Parque por parte del Residente o los invitados del Residente.

9.5  Ruido de Vehículo.  Es una violación de las Reglas y Regulaciones conducir cualquier vehículo causando tanto ruido ya sea por la hora o por el vehículo mismo, para molestar a otros residentes.  Esta regla también aplica al sonar la bocina y tocar muy fuerte el estéreo de carro.

    
9.6 Reparaciones de Vehículos.   No se permiten reparaciones de vehículos en el Parque, exceptuando reparaciones menores de emergencia de duración limitada necesarias para hacer operante el vehículo, como el reemplazo de limpiaparabrisas, reemplazo de batería, reemplazo del filtro de aire, reparación de llanta pacha, y reparación de ventana.  Cambio o reemplazo de frenos, aceite, líquido de transmisión, líquido de frenos, o cualquier otro fluido sintético en el vehículo se prohíbe estrictamente.